La Fundación Libertad de Expresión y Democracia (LED) también manifestó su preocupación por la situación por la cual atraviesa la periodista de LA GACETA Irene Benito.
"Benito fue indagada (por la fiscala Mariana Rivadaneira) por hechos relacionados con su actividad profesional, lo que se trata de una evidente limitación a la libertad de expresión que se encuentra amparada por la Constitución nacional y los Tratados Internacionales de los que Argentina es parte", dijeron las autoridades de la entidad.
Recordaron que el hecho que generó la investigación es una denuncia de noviembre del año pasado, formulada por Alfredo Falú, por un supuesto perjuicio al Colegio de Abogados de Tucumán, por la contratación de la periodista para la realización de un manual de estilo para mejorar la escritura de los abogados. "Ante las pruebas presentadas la causa fue desestimada por 'no encuadrar en ninguno de los tipos penales aludidos por el denunciante y que solo se encuentran fundados en consideraciones subjetivas y de índole personal sin tener sustento probatorio', el 18 de marzo de 2021. Sin embargo, ante una presentación de pruebas de Falú, la fiscala reabrió la causa y citó a Benito a prestar declaración como imputada", señalaron.
Los directivos de la Fundación también destacaron que la propia Benito había contado que ella había investigado a Falú en el marco de la causa Teves (Roxana Teves había acusado al estudio de abogados de los hijos del actual ministro fiscal, Edmundo Jiménez. "Él (Falú) forma parte de esa trama y la fiscala Rivadeneira, la que me cita a indagatoria, también es una funcionaria judicial a quién he investigado desde el minuto cero”, había dicho Benito, según citaron las autoridades de la Fundación LED.
Consideraron que la medida judicial resulta preocupante: "se utiliza a la Justicia como mecanismo para silenciar información o para evitar que algún hecho de la vida pública o privada de los gobernantes o sus allegados tome relevancia pública".
Subrayaron que la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos estipula: “las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público” y que “los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad” y por lo tanto “las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como leyes de desacato atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”.
Puntualizaron que estas normas, a las que adhiere nuestro país, deben ser tenidas en cuenta en este y en muchos otros casos en los cuales los periodistas son llevados ante la justicia a consecuencia de sus opiniones o de la información que difunden en temas de interés público.
"En la especie es de señalar que los funcionarios públicos en una sociedad democrática tienen un umbral distinto de protección, que les expone en mayor grado a la crítica del público, lo cual se justifica por el carácter de interés público de las actividades que realizan; porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente; porque sus actividades trascienden la esfera privada para ingresar a la esfera del debate público; y porque cuentan con medios apropiados para defenderse (Corte I.D.H., Caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica. Sentencia del 2 de julio de 2004, Serie C No. 107, párr. 128.)", dijeron.
Los directivos de la Fundación LED insistieron en la necesidad de que toda la sociedad y en particular los funcionarios públicos comprendan e incorporen la importancia que tiene la labor periodística para el desarrollo de una democracia plena, y en consecuencia la necesidad de que se garantice y promueva su ejercicio sin restricciones. Reiteramos que el funcionamiento de la democracia exige el mayor nivel posible de discusión pública sobre el funcionamiento de la sociedad y del Estado en todos sus aspectos, esto es, sobre los asuntos de interés público y la gestión pública y los asuntos de interés común deben ser objeto de control por la sociedad en su conjunto.
"En ese orden de ideas debe destacarse que el adecuado desenvolvimiento de la democracia requiera la mayor circulación de informes, opiniones e ideas sobre asuntos de interés público, tal como lo ha expresado la Corte Interamericana de Derechos Humanos en reiteradas oportunidades que, por otra parte es un derecho humano consagrado, tal como lo indica el artículo 19 de la declaración de los DDHH de la Organización de las Naciones Unidas proclamada por la Asamblea General del Organismo, el 10 de diciembre de 1948: 'Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión'”, remarcaron.
Finalmente, se solidarizaron con Benito y, y avisaron que continuarán realizando un monitoreo sobre el tema. "Mantenemos nuestra convicción en la necesidad de reafirmar el derecho a la libertad de expresión y de prensa en nuestro país", manifestaron.